LOS ARGUMENTOS CONDICIONALES II
|
Índice: |
El condicional
presuntivo
Los
juicios condicionales que empleamos con mayor frecuencia, son presuntivos: Si Ingrid es sueca, probablemente es protestante. Si mengua
el coñac, probablemente se lo ha bebido mi cuñado. Los suecos suelen ser protestantes. Cuando
falta coñac, lo más frecuente es que se lo beba mi cuñado. Si A, entonces probablemente C Si presenta
tos, fiebre y dolor de costado, tengo razón suficiente para suponer que se
trata de una pulmonía. Si corta el Mus, seguramente lleva Pares y Juego. Son juicios sujetos a excepciones, con lo
cual puede ocurrir que el antecedente sea cierto y el consecuente falso, lo que
era inimaginable en los condicionales vistos hasta ahora (categóricos). Por
eso, las conclusiones de un juicio condicional presuntivo sólo pueden ser
plausibles. — ¿Volverá pronto la secretaria? — Eso espero, porque ha dejado su bolso en la mesa, (Si ha dejado el bolso en la mesa, lo probable es que regrese pronto). Si A, probablemente C X es A Entonces,
X es probablemente, C Tampoco son conclusiones definitivas, sino provisionales, porque un
mejor conocimiento de los hechos pueden obligarnos a modificarlas. Puesto que aceptamos
la existencia de excepciones, no podemos refutarlo en el caso de que no se
cumpla el consecuente: —Si es noruega, probablemente será protestante. —No es protestante. —Sin embargo, puede ser noruega, porque hay excepciones. La cadena de argumentos condicionales Amado lector: si tú fuiste más de dos meses seguidos a presenciar las sesiones de Cortes, tú has padecido neurastenia; si tú has padecido neurastenia, tú puedes comprendernos W. Fernández Flórez.[1] Con los argumentos
condicionales, como con todo argumento deductivo, podemos formar cadenas en las
que la conclusión de cada uno de ellos afirme el antecedente (o condición) del
siguiente: Si estamos a primero de mes la gente cobra el sueldo. Si la gente cobra el sueldo gasta más en taxis. Si
circulan más taxis
Luego, si estamos a primero de mes, se estancará el tráfico en las calles. Si A, entonces B Si B, entonces C Si C, entonces D Luego, si A, entonces
D Como ocurre en las
cadenas causales, si se cumple la primera condición, el resto debe sucederle de
forma automática, supuesto que las premisas son ciertas, porque van apareciendo
las condiciones suficientes para los pasos sucesivos. Si compras ese coche tendrás que firmar un puñado de letras, con
lo que no te alcanzará el dinero para el resto de tus compromisos y darás
sablazos para llegar a fin de mes. ¿Has comprado el coche? entonces darás
sablazos para llegar a fin de mes. En esta cadena,
podemos concluir que, si se confirma el antecedente de la primera premisa (A),
se puede afirmar B y C. También podemos concluir que si se niega el consecuente
de la última premisa (C), no se pueden afirmar ni B ni A: No pide dinero
prestado luego no ha comprado el coche. Si el hombre es libre, es responsable. Si es responsable, puede ser sancionado. Luego si es libre, puede ser sancionado (afirmo el antecedente).
Luego si no puede ser
sancionado, no es libre (niego el consecuente). ________________________________________________________________ En resumen: Los juicios condicionales pueden formar cadenas en las que el consecuente de cada uno se convierte en antecedente del siguiente. Se pueden resolver afirmando el antecedente de la primera
premisa, o negando el consecuente de la última. _________________________________________________________________ Toda cadena argumental debe ser examinada
con cuidado, porque con facilidad oculta argumentos parciales inadmisibles: En esta web aparecen las cadenas
argumentales en el
Sorites
o encadenamiento, en la
Falacia de la Pendiente Resbaladiza y en los
argumentos
causales.
Si llueve y sólo si llueve, se moja el suelo. Cosas así pasan en
muchos sitios. En un argumento condicional, la regla es que el antecedente
exprese una condición suficiente entre otras posibles. En el ejemplo actual,
sin embargo, no se deja sitio para ninguna otra posibilidad. Señala que la
condición es única. Si, y sólo
si llega el cura, habrá misa. Si A, y sólo si A, entonces B. La partícula Si
expresa que A es una condición suficiente (con ella basta para B). Sólo si indica que A es una
condición necesaria (sin ella no puede aparecer B). Si (y solo si) miras por el microscopio, te convencerás. Si (y solo si) hubieras estado aquí, no habría muerto Lázaro. El antecedente se
erige en condición suficiente y necesaria, con lo cual, las dos partes
del enunciado se condicionan de la misma manera: suficiente y necesariamente.
Cada término se comporta como antecedente y consecuente del otro. Ya se ve que
estamos ante una combinación de dos condicionales cruzados. Por eso se le llama
bicondicional. Si A, entonces B; y si B, entonces A. Si no A, entonces no B; y si no B, entonces no A. Si y sólo si está poco hecha, le gusta la carne. Está poco hecha, luego le gusta. Le gusta, luego está poco hecha. No está poco hecha, luego no le gusta. No
le gusta, luego no está poco hecha. Antecedente y
consecuente pueden deducirse recíprocamente, con lo cual se pasean de la mano
en todas direcciones. El argumento bicondicional carece de las falacias
descritas en el condicional simple. Se puede concluir tanto afirmando como
negando antecedente y consecuente, es decir, de cuatro maneras: Si y sólo si respira, vive respira, luego vive. no respira, luego no vive. vive, luego respira no vive, luego no
respira. En el lenguaje
cotidiano rara vez empleamos la expresión y sólo si, con lo que hemos de
adivinar por el contexto si estamos ante un argumento bicondicional o, en la
duda, pedir aclaraciones: ¿se trata de una condición necesaria además de
suficiente?. En general, nos sentimos inclinados a interpretar todos los
condicionales como si fueran simétricos, es decir bicondicionales: Te lo diré si (y sólo si) me prometes no contarlo —¿Pudo ser Juan el asesino? —No, porque no estuvo presente (Si y sólo si estuvo presente pudiera ser el asesino). Pensaba querellarse, salvo que le ofrecieran una explicación satisfactoria. (Sólo si no recibía una explicación satisfactoria, pensaba querellarse) Se ha querellado, luego no se la ofrecieron. Como le dijeron al rey
Suintila: Rey serás si fecieres derecho; si non lo
fecieres, non serás Rey. ________________________________________________________________ En resumen: Si afirmamos cualquiera de ellas, como son suficientes, la conclusión es válida. Si negamos cualquiera de las dos, como son necesarias, la conclusión también es válida. No se dan, pues, las falacias descritas en los condicionales sencillos. ________________________________________________________________ En una premisa condicional, tanto el antecedente como el consecuente
pueden estar formados por una conjunción o una disyunción: a.
Antecedente complejo:
Si no llueve, tengo el día libre y te has portado bien, te llevaré al circo (tres condiciones necesarias conforman una condición suficiente).
Casio—
¿Comeréis conmigo mañana? Casca— Sí, si estoy vivo, si no cambiáis de opinión y si vuestra comida vale la pena.[3] Las condiciones que establece Casca son necesarias y ninguna de ellas
es suficiente, salvo la suma de las tres. Dentro
de poco hay feria en Buitrago. Si voy allá, y tengo dinero, y me acuerdo, y me
quieres mucho, te he de comprar una peineta de concha con sus piedras azules. Moratín.[4] Entregarás a Augusto los volúmenes sellados si está bien de salud, con buen ánimo y te lo pide.[5] Muchas definiciones adoptan esta forma: Es deudor si debe y no paga.
Si aprueba los parciales o el final, podrá pasar el curso (dos condiciones suficientes). Si A o B, entonces C De este modo se presentan los dilemas:
si voy me criticarán por ir, y si no voy, por no ir. b.
Consecuente
complejo:
Si A, entonces B y C Si alguien de fuera entró (digo, si entró), tuvo que cruzar el puente antes de la seis y permanecer escondido hasta las once.[6] Muchos bicondicionales adoptan esta forma: Si
atiende nuestra invitación podrá conocer la enciclopedia más actual y recibirá
un bonito regalo. Si es
mayor de edad puede trabajar, votar y casarse.
Si A, entonces B o C Si
acepta las condiciones podemos ofrecerle un puesto o hacerlo socio. ________________________________________________________________ RESUMEN
GENERAL DE LOS ARGUMENTOS CONDICIONALES II I. Condicional presuntivo es el que se
forma a partir de una regla plausible. Cabe que el antecedente sea cierto y el
consecuente falso (excepción). Sus conclusiones son probables y provisionales. II.
Los juicios condicionales pueden formar cadenas
en las que la conclusión de cada uno afirma el antecedente del siguiente. Se pueden resolver afirmando el
antecedente de la primera premisa, o negando el consecuente de la última. III.
Argumento bicondicional,
caracterizado por la expresión si y sólo
si, es aquel en que antecedente y consecuente forman condiciones que son
a la vez suficientes y necesarias. Por ello se puede concluir tanto afirmando
como negando ambas. No se dan las falacias descritas en los condicionales
sencillos. IV.
En una premisa condicional, tanto el antecedente como el consecuente pueden
estar formados por una conjunción o
una disyunción. __________________________________________________________________ |
[1] W. Fernández Flórez: Acotaciones de un oyente, 1, L.
[2] Shakespeare: Como
gustéis.
[3] Shakespeare. Julio César.
[4] L. Fdez. de Moratín: El médico a palos.
[5] Horacio. Epístolas II, XIII, 2-3.
[6] Conan Doyle: El valle del
terror.