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“La
distribución y apropiación de las cosas, que procede del derecho
humano, no puede impedir que esas cosas remedien las necesidades de
los hombres. Por eso, todo lo que uno tiene de más, lo debe a los
pobres para su sustento. Y eso por derecho natural. (En caso de
grave necesidad) cualquiera puede remediar su necesidad grave con
los bienes de los demás, tanto si los quita de modo público como
secreto. Y esta acción no reviste carácter de robo ni de hurto." (Sto. Tomás de Aquino). |
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